Proveedores

OBJETIVO

Este Código de Conducta para Proveedores («Código para Proveedores») establece los principios y consideraciones para las entidades o personas físicas que entregan bienes o servicios («Proveedor») a INOX TORRES GROUP, S.L. (ITG) o en su nombre. En este documento, el término Proveedor también incluye a los contratistas y subcontratistas independientes que proporcionan bienes o servicios a ITG o en su nombre.

ITG no aprueba el comportamiento ilegal o poco ético de sus proveedores, contratistas y socios; selecciona a sus proveedores a través de un proceso de adquisición justo. Este código de conducta detalla los estándares mínimos requeridos y complementa los términos y condiciones de los contratos de compra de proveedores con ITG. Este Código de Conducta para Proveedores no exime al Proveedor de su responsabilidad financiera, la práctica de buenas prácticas y la obtención de orientación relacionada con la conducta comercial.

REQUISITOS PROFESIONALES

ITG debe cumplir con varias leyes, regulaciones y estándares profesionales para mantener la independencia de los clientes, lo que también puede afectar a los proveedores. Cuando corresponda, ITG guiará a los proveedores con respecto a estos requisitos. Además, ITG llevará a cabo cuestionarios de diligencia debida con los proveedores para evaluar la relación con ITG. Si es necesario, el Proveedor debe proporcionar información a ITG para ayudar en este proceso.

PRINCIPIOS QUE RIGEN EL CÓDIGO DE PROVEEDORES

ÉTICA E INTEGRIDAD

Los proveedores no deben participar en prácticas ilegales o poco éticas y se espera que mantengan prácticas comerciales justas. También deben comprometerse a proporcionar herramientas que permitan a sus empleados y contratistas denunciar incidentes relacionados con comportamientos poco éticos.

CORRUPCIÓN

Los proveedores no deben ofrecer ni aceptar sobornos, ni influir en un tercero para que ofrezca o acepte sobornos en su nombre. Está prohibido ofrecer, dar, solicitar o recibir cualquier tipo de soborno; ofrecer o proporcionar cualquier artículo de valor a un tercero con un propósito inapropiado o para obtener una ventaja injusta; y ofrecer pagos de incentivos. Los proveedores deben hacer esfuerzos razonables para prevenir el soborno en todas sus formas y apoyar los esfuerzos para combatir la corrupción.

REGALOS Y ENTRETENIMIENTO

Los proveedores no deben ofrecer, aceptar o solicitar regalos, entretenimiento y hospitalidad que puedan considerarse un subterfugio para un soborno o que puedan influir indebidamente en las decisiones o dañar la objetividad de su negocio.

LAVADO DE DINERO Y SANCIONES

Los proveedores no deben participar en actividades, realizar negocios o celebrar acuerdos que puedan involucrar directa o indirectamente a ITG en actividades de lavado de dinero o financiamiento del terrorismo. Los proveedores deben cumplir con las leyes y regulaciones vigentes y las regulaciones de control comercial con respecto a la importación, exportación y transferencia de bienes y servicios.

USO DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA

Los proveedores no deben participar en transacciones o especulaciones con información no pública y confidencial obtenida de sus relaciones con ITG.

CONFLICTOS DE INTERESES

Los proveedores no deben permitir que los prejuicios, conflictos de intereses o influencias inapropiadas de terceros anulen sus juicios y responsabilidades profesionales. No deben participar en transacciones que puedan crear un conflicto de intereses en relación con el suministro de bienes y/o servicios. Los proveedores deben informar inmediatamente a ITG de cualquier posible conflicto de intereses con respecto a los negocios con ITG.

SEGURIDAD, PRIVACIDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE TI

Los proveedores siempre deben tomar las medidas necesarias para proteger, recopilar y manejar la información confidencial y personal de manera adecuada, incluidos los activos físicos y electrónicos obtenidos de ITG o de los clientes de ITG. Esta información debe usarse estrictamente para el propósito para el que fue proporcionada. Los proveedores deben informar inmediatamente a ITG de cualquier incidente que implique acceso no autorizado, divulgación o pérdida (potencial) de dicha información, incluidos, entre otros, robo, daño, destrucción, intentos de ciberataque, etc.

DERECHOS HUMANOS Y LABORALES

Los proveedores deben mantener un lugar de trabajo caracterizado por el profesionalismo y el respeto por la dignidad de cada trabajador y de cada persona con la que interactúan sus trabajadores. Deben tratar a todos los trabajadores con dignidad y respeto y no deben someterlos a condiciones degradantes; no deben tolerar la discriminación; Deben fomentar una cultura y un lugar de trabajo donde se promueva la igualdad de oportunidades para todos y no deben tolerar el acoso, las amenazas o las represalias por denunciar el acoso.

Los proveedores no deben participar ni apoyar la trata de personas o la esclavitud y no deben utilizar trabajo forzoso o involuntario, ni exigir trabajo o servicio a una persona bajo amenaza o coerción. Los proveedores no deben beneficiarse del trabajo infantil ni contratar trabajadores menores de edad.

Los proveedores deben respetar el derecho de los trabajadores a la libertad de reunión y no deben impedir que los trabajadores se organicen legalmente y se afilien a asociaciones.

Los proveedores deben realizar verificaciones de antecedentes de sus trabajadores para garantizar su integridad y buena reputación. Se espera que los candidatos y trabajadores sean evaluados en función de su capacidad para realizar el trabajo.

Los proveedores deben cumplir con todos los estándares aplicables con respecto a las condiciones de trabajo de sus empleados, incluidas, entre otras, las leyes, regulaciones y estándares relacionados con el pago de salarios mínimos legales o salarios que cumplan con los estándares de la industria local.

SALUD Y SEGURIDAD

Además de cumplir con los requisitos legales y reglamentarios mínimos para las condiciones de trabajo, los proveedores deben proporcionar un entorno de trabajo seguro y saludable y cumplir con las leyes de salud y seguridad aplicables.

MEDIOAMBIENTAL

Se alienta a los proveedores a mejorar la eficiencia energética y reducir el consumo de recursos naturales, incluidos electricidad, calefacción, agua y combustible. Se alienta a los proveedores a utilizar innovaciones y prácticas respetuosas con el medio ambiente que reduzcan el impacto ambiental negativo. Los proveedores deben tomar medidas razonables para cumplir con las leyes ambientales para minimizar las emisiones de gases de efecto invernadero y los contaminantes peligrosos, cuando corresponda. Se espera que los proveedores se esfuercen por eliminar o reducir los niveles de residuos (tanto sólidos como residuales) generados.

PRÁCTICAS COMERCIALES RESPONSABLES

Los proveedores no deben subcontratar servicios o actividades que realicen y que puedan afectar directamente la entrega de bienes y servicios a ITG o sus clientes sin la aprobación previa por escrito de ITG. Cuando los Proveedores subcontratan ciertas actividades relacionadas con los servicios prestados a ITG, deben supervisar a la parte subcontratada para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales del Proveedor y este Código de Proveedores.

REDES SOCIALES

Los proveedores no deben actuar ni hablar en nombre de ITG, presentarse como ITG ni expresar ningún punto de vista atribuible a ITG a menos que ITG lo autorice expresamente.

LEGAL

Cuando exista un conflicto de términos entre el Código de Proveedores y el contrato del Proveedor con ITG, el contrato de ITG tendrá prioridad en la medida en que lo permita la ley.

Las violaciones del Código de Proveedores se toman en serio y deben informarse tan pronto como el Proveedor tenga conocimiento. En caso de cualquier violación de este Código de Proveedores, se pueden dar recomendaciones, se puede requerir la implementación de planes de acción correctiva, o se puede preferir que el Proveedor no trabaje o incluso que se rescinda su contrato. Las infracciones se pueden informar directamente a su representante de adquisiciones, a cualquier otro empleado de ITG con el que se sienta cómodo discutiendo el asunto o a través del sitio web de la Línea de Ayuda de Ética de ITG en XXXXXXX

Términos y Condiciones Generales de los Contratos de Servicio de INOX TORRES GROUP

1. OBJETO

El presente documento establece los términos y condiciones generales del Contrato de Servicios que rigen la actividad comercial entre INOX TORRES GROUP y la contraparte (en adelante el Proveedor) en las transacciones para el contrato de obras o servicios, ya sea en virtud de un Contrato de Servicios o de una Orden de Compra.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Las presentes Condiciones Generales de Contratación de Servicios se aplicarán a todos los Contratos de Servicios y Órdenes de Compra formalizados por el Grupo INOX TORRES GROUP.

Cualquier excepción a las presentes condiciones generales que pudiera ser requerida por el Prestador se establecerá por escrito y sólo será válida si es aceptada por INOX TORRES GROUP de la misma manera.

Todas y cada una de las excepciones que puedan acordarse siguiendo este procedimiento se aplicarán solo a una Orden de Compra o Acuerdo de Servicio específico y no se extenderán a ninguna otra Orden de Compra o Acuerdo de Servicio pasado o futuro.

3. VALIDEZ Y PRECEDENCIA DE LA DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL

Si la Orden contradice los demás documentos que rigen la relación y no hay acuerdo entre las partes sobre el asunto en disputa, se aplicará el siguiente orden de precedencia:

  • Orden de compra
  • Las condiciones específicas
  • El técnico
  • Características técnicas
  • Las Condiciones Generales
  • La convocatoria de licitación
  • Las aclaraciones realizadas por escrito por el Proveedor con posterioridad a su oferta y aceptadas por Inox Torres Group
  • La licitación o la solicitud de cotización

Todos los documentos mencionados se complementan entre sí de tal manera que todos los acuerdos y estipulaciones que se encuentran en ellos constituyen el contenido de la relación entre las partes, que debe interpretarse integrando todos los documentos que la componen. El orden de precedencia establecido en esta disposición se aplicará si existe una discrepancia entre los documentos que componen la relación con el Proveedor.

La relación contractual entre las partes se perfecciona mediante la Orden de Compra aceptada por el Proveedor, momento en el que se entiende que el cumplimiento de las disposiciones pactadas es mutuamente exigible por ambas partes sin perjuicio de los acuerdos que pudieran implicar a las partes para posteriores Pedidos.

4. PRESENTACIÓN DE COTIZACIONES

Los posibles proveedores de servicios presentarán sus cotizaciones de acuerdo con la correspondiente Solicitud de Cotización (RFQ) emitida por INOX TORRES GROUP. INOX TORRES GROUP se reserva el derecho de aceptar o rechazar presupuestos, en este último caso sin compensación del posible proveedor de servicios. Salvo que se disponga lo contrario en la RFQ, las cotizaciones tendrán una validez de sesenta (60) días a partir de la fecha de recepción por parte de INOX TORRES GROUP.

5. FORMALIZACIÓN DE ÓRDENES DE COMPRA Y CONTRATOS DE SERVICIOS

Los presupuestos aceptados por INOX TORRES GROUP se formalizarán mediante Contrato de Servicio u Orden de Compra, según corresponda.

Cualquier cambio en los términos y condiciones establecidos en estos documentos se realizará por escrito. Las Órdenes de Compra o Contratos de Servicio emitidos por INOX TORRES GROUP se considerarán tácitamente aceptados por el Proveedor, a menos que el Proveedor manifieste lo contrario en una comunicación escrita dentro de los siete (7) días posteriores a la fecha de emisión.

La aceptación de la Orden de Compra por parte del Proveedor implicará la aceptación de estos Términos y Condiciones Generales para los Acuerdos de Servicio en su totalidad, que formarán parte integral de la Orden de Compra aceptada. Asimismo, la prestación de los servicios, total o parcialmente, por parte del Prestador implicará la aceptación de los presentes Términos y Condiciones y de la Orden de Compra emitida.

La Documentación Contractual significa la serie de documentos formados por el Acuerdo de Servicio u Orden de Compra, las Normas o Especificaciones Técnicas, el Plan de Calidad, en su caso, la Cotización del Proveedor y la documentación a la que se hace referencia en el mismo.

En caso de contradicción entre cualquiera de estos documentos, prevalecerán los términos y condiciones de los enumerados en primer lugar en el párrafo anterior.

6. ACEPTACIÓN DEL SERVICIO

Los bienes o productos se entregarán en el lugar y momento y con la calidad y forma establecidos en el Pedido, considerándose los plazos fijados.

La entrega en el lugar y otras condiciones establecidas en el Pedido determinarán la transferencia a INOX TORRES GROUP del riesgo de pérdida o daño de los bienes o productos comprados o adquiridos, en virtud de los Términos Comerciales Internacionales aplicables según el Pedido

Los servicios a los que se refiere la Orden de Compra o el Contrato de Servicio se prestarán de acuerdo con la Documentación Contractual, y cualquier cambio requerirá la aceptación expresa del Grupo INOX TORRES GROUP.

La Orden de Compra y la Documentación Contractual relacionada especificarán los términos y condiciones para la prestación de servicios.

Si el servicio no se acepta por motivos justificados, se considerará no prestado, salvo pacto expreso en contrario.

Si la entrega de bienes o productos es rechazada por una causa justificada, todos los gastos y otras consecuencias resultantes de dicho rechazo serán asumidos por el Proveedor, a menos que se acuerde expresamente lo contrario. Si no han sido retirados por el Proveedor treinta (30) días después del rechazo de los bienes o productos, INOX TORRES GROUP estará autorizado a tomar cualquier decisión sobre estos últimos, incluida la decisión de destruirlos.

INOX TORRES GROUP se reserva el derecho de aceptar un servicio defectuoso, acordando con el Proveedor la pertinente reducción del precio en función de los defectos identificados.

7. PERÍODO DE GARANTÍA DEL SERVICIO

Salvo que se establezca lo contrario en el Pedido, el Periodo de Garantía para los bienes o productos objeto del Pedido será de 12 meses a partir de la fecha de puesta en servicio o de 24 meses a partir de la fecha de entrega, lo que ocurra primero.

Habrá un período de responsabilidad y garantía independientemente de si los bienes han sido inspeccionados o no en el momento de la entrega. Los plazos de garantía contenidos en esta cláusula se incrementarán cuando la normativa aplicable así lo establezca.

El Proveedor asumirá el costo de todas las reparaciones, correcciones y gastos necesarios, incluido el reemplazo por nuevos bienes o productos en el marco de la compra o adquisición, incurridos debido a defectos en los materiales, falta de calidad o cualquier otra circunstancia. Esto también incluye el cumplimiento adecuado por parte del Proveedor de las condiciones aplicables de la compra o adquisición declaradas dentro del Período de Garantía.

El plazo de garantía se interrumpirá por el tiempo empleado por las respectivas reparaciones o reemplazos, que a su vez se garantizarán a partir de su finalización por el mismo tiempo que la garantía inicial.

Cuando el Proveedor no haya tomado las acciones correctivas oportunas o no resuelva los problemas con la diligencia requerida, INOX TORRES GROUP podrá (i) llevar a cabo acciones de ejecución y/o correctivas por sí mismo o a través de terceros y cobrar al Proveedor todos los costos y gastos que se deriven de estas acciones. (ii) rechazar la totalidad o parte de los servicios y/o obras, exigiendo en este caso la devolución de todas las cantidades pagadas, asumiendo el Proveedor los gastos que pudieran derivarse de la devolución del bien.

Para recuperar los costes, gastos o responsabilidades derivados de los hechos o situaciones referidos en esta cláusula así como de cualquier otra responsabilidad derivada de otros incumplimientos del contrato, INOX TORRES GROUP podrá deducir estos importes de las facturas pendientes de pago al Proveedor, retener los pagos pendientes y ejecutar los valores financieros o bancarios.

El pago o la deducción de dichos gastos no eximirá al Proveedor de sus obligaciones y responsabilidades derivadas del Pedido.

8. ACEPTACIÓN DE LA OBRA O SERVICIO

El Prestador deberá notificar debidamente a INOX TORRES GROUP con la debida antelación la finalización de la obra o servicio para permitir la verificación del cumplimiento de los requisitos técnicos y obligaciones contractuales establecidas para la prestación y explotación del servicio.

El Proveedor procederá a realizar la entrega provisional a INOX TORRES GROUP, sin perjuicio de las reclamaciones relativas a los importes pendientes.

El Prestador notificará a INOX TORRES GROUP para solicitar la aceptación definitiva cuando venza el plazo de garantía establecido en la Documentación Contractual, o haya transcurrido un plazo de un (1) año desde la recepción de la obra o servicio. Tras la aceptación definitiva del trabajo o servicio, las responsabilidades del Proveedor en virtud de la Documentación Contractual terminarán, excepto la responsabilidad por defectos ocultos y cualquier compromiso pendiente, como obligaciones de seguridad social o salariales.

9. PRECIOS

Los precios establecidos en la Orden de Compra y/o Acuerdo de Servicio serán fijos y no estarán sujetos a revisión.

Los precios incluirán en todo caso el coste de la prestación del servicio, así como los gastos generales y el beneficio industrial del Proveedor.

Los precios incluirán todos los conceptos, circunstancias y asuntos especificados en relación con los estudios previos y la prestación del servicio en la Orden de Compra y/o Contrato de Servicio y, por lo tanto, el Proveedor no tendrá derecho a reclamar ningún gasto de bolsillo, sobrecostes u otros importes complementarios.

10. CONDICIONES DE PAGO Y FACTURAS

El Proveedor emitirá las facturas antes de que se realice cualquier pago.

Todas las facturas incluirán los datos apropiados del Proveedor y del comprador de INOX TORRES GROUP, así como el número de referencia de la Orden de Compra o del Contrato de Suministro.

Las facturas también incluirán un desglose del IVA o de cualquier otro impuesto recaudado de acuerdo con la legislación vigente.

El Proveedor enviará todas las facturas a la dirección especificada en la Documentación Contractual.

Todas las facturas deberán estar respaldadas por documentos que respalden la aceptación del servicio prestado.

Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria el día de pago que caiga sesenta (60) días después de la fecha de la factura o la fecha de aceptación del servicio, si es posterior. El día de pago será el trigésimo (30) de cada mes o, si no es un día hábil, el día hábil inmediatamente siguiente.

11. IMPUESTOS

El Proveedor será responsable de todos los impuestos, gravámenes, tasas, tarifas y precios públicos que surjan de la ejecución de la Orden de Compra o del Contrato de Servicio, excepto los impuestos pagaderos por INOX TORRES GROUP por ley.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el Proveedor está obligado a proporcionar a INOX TORRES GROUP un certificado, emitido por la Administración Tributaria, que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del Proveedor y/o sus subcontratistas.

12. DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL PROVEEDOR

El Proveedor garantiza lo siguiente:

a) Los servicios prestados cumplen con los requisitos, términos, condiciones y demás descripciones establecidas en la Documentación Contractual.

b) Los servicios prestados cumplen con todos los requisitos de calidad, prevención de riesgos laborales y protección de datos establecidos en la Documentación Contractual o por la ley, en particular el Real Decreto 1215/1997, en su caso.

c) Cualquier material utilizado por el Proveedor para realizar el servicio, en su caso, está libre de defectos visibles u ocultos. El Proveedor garantiza además el servicio prestado contra cualquier defecto o error en la concepción, ejecución o los materiales utilizados durante el período de garantía establecido, en su caso, en la Orden de Compra o en el Contrato de Servicio.

d) El Proveedor y sus empleados cumplen con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de carácter obligatorio para cualquier trabajo que deban realizar los empleados del Proveedor en las instalaciones de INOX TORRES GROUP, o en las instalaciones de terceros, en relación con los servicios contratados por INOX TORRES GROUP.

En caso de que no nos facilites tus datos o lo hagas de forma errónea o incompleta, no podremos atender tu solicitud, resultando del todo imposible proporcionarte la información solicitada o llevar a cabo la contratación de los servicios.

El Prestador se compromete a corregir con prontitud y sin coste alguno para INOX TORRES GROUP los servicios que no cumplan con lo anterior. Si el Proveedor no cumple con su obligación de subsanar los defectos del servicio, según lo establecido anteriormente, INOX TORRES GROUP se reserva el derecho de corregir los defectos o errores detectados en el servicio prestado a cargo del Proveedor.

El Proveedor defenderá, indemnizará y mantendrá indemne a INOX TORRES GROUP de cualquier gasto, coste o cargo resultante del incumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones contractuales frente a sus proveedores, subcontratistas, empleados, agentes o cualquier otra persona física o jurídica con la que haya adquirido obligaciones de cualquier tipo.

El Prestador defenderá, indemnizará y mantendrá indemne a INOX TORRES GROUP frente a cualesquiera reclamaciones o acciones legales que se deriven de la infracción de los derechos de propiedad industrial o intelectual sobre los servicios prestados. Asimismo, el Prestador defenderá, indemnizará y mantendrá indemne a INOX TORRES GROUP de cualquier responsabilidad o daño, e indemnizará a INOX TORRES GROUP por cualquier pérdida, garantía económica, coste, daños o gastos derivados de cualquier reclamación o acción legal causada por el uso del servicio prestado.

INOX TORRES GROUP se reserva el derecho de participar en la defensa de dichas reclamaciones o acciones o, si así lo decide, de emprender dicha defensa a través de su propio asesoramiento jurídico.

El Proveedor defenderá, indemnizará y mantendrá indemne a INOX TORRES GROUP de y contra cualquier daño o gasto resultante de la responsabilidad incurrida por INOX TORRES GROUP, ya sea en derecho o según la normativa vigente, y por los costos y daños resultantes de lesiones o muerte de cualquier persona, quienquiera que sea, y/o daños a la propiedad, quien pueda ser titular de la misma, derivada de la realización de la obra y prestación de los servicios a INOX TORRES GROUP.

13. GARANTÍAS

A su propia discreción, y si lo considera necesario para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Servicio, INOX TORRES GROUP podrá solicitar al Proveedor una garantía bancaria irrevocable, de primer requerimiento, solidaria y solidaria durante el período de garantía acordado, cuyo importe se especificará en la Solicitud de Cotización (RFQ).

La garantía se liberará una vez que el Proveedor haya atendido satisfactoriamente todas y cada una de las reservas que se hayan podido realizar a la recepción del Servicio, haya resuelto los problemas que pudieran surgir tras la recepción y haya entregado todos los documentos relacionados con la ejecución de las garantías y especificaciones establecidas en la Documentación Contractual.

14. INSPECCIÓN Y CALIDAD

INOX TORRES GROUP se reserva el derecho de inspeccionar el cumplimiento de las condiciones de calidad del Servicio en visitas in situ de sus representantes autorizados a las instalaciones del Proveedor y/o sus subcontratistas.

Dicha inspección no eximirá al Proveedor de su obligación de prestar Servicios estrictamente de conformidad con las especificaciones y con los requisitos legales aplicables, o de sus obligaciones en virtud de las garantías otorgadas.

15. GESTIÓN AMBIENTAL

El Proveedor será responsable de la preparación e implementación de los procedimientos de gestión ambiental aplicables de acuerdo con la legislación ambiental vigente en cada momento.

Todos los costos de cumplimiento correrán a cargo del Proveedor.

El Proveedor informará cualquier Material peligroso o tóxico utilizado, o que pueda usarse, para proporcionar el Servicio. El Proveedor cumplirá a su cargo con la normativa medioambiental (internacional, comunitaria o española, nacional, autonómica o local) y las normas públicas o privadas, incluidas las normas medioambientales de cada instalación de INOX TORRES GROUP y el Reglamento General de Medio Ambiente de INOX TORRES GROUP.

El Proveedor actuará con la diligencia debida para cumplir con todas las normas y legislación que puedan aplicarse al Servicio, y velará por el cumplimiento por parte de INOX TORRES GROUP.

El Proveedor garantiza que no existen vicios ocultos, quejas y/o litigios, infracciones o multas en relación con cualquier incidencia de incumplimiento. El Proveedor garantiza además que no tiene conocimiento de ningún problema que pueda surgir en relación con tales asuntos.

16. SALUD, SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

El Prestador será responsable del cumplimiento de toda la legislación oficial en materia de Seguridad y Salud y Prevención de Riesgos Laborales, así como de la normativa privada.

El Proveedor se compromete a cumplir con todas las regulaciones oficiales o privadas.

El Proveedor declara y garantiza que no existen vicios ocultos, quejas y/o litigios, infracciones o multas en relación con cualquier incidencia de incumplimiento.

El Proveedor garantiza además que no tiene conocimiento de ningún problema que pueda surgir en relación con tales asuntos.

17. SEGURO

Sin perjuicio de su responsabilidad en virtud de la Orden de Compra y/o el Acuerdo de Servicio, que no estará limitada por esta cláusula, el Proveedor organizará las pólizas de seguro que se describen a continuación y las mantendrá vigentes en todo momento durante la vigencia de la Orden de Compra o el Acuerdo de Servicio:

a) Seguro de enfermedad y accidentes de trabajo para todos los empleados asignados al trabajo.

b) Seguro de pérdida de propiedad que cubra todo el equipo utilizado con un límite que no sea inferior al valor de reposición del mismo.

c) Seguro de responsabilidad civil con cobertura mínima de dos millones de euros (2.000.000 EUR) por siniestro. Esta póliza de seguro incluirá a INOX TORRES GROUP como asegurado adicional, pero sin afectar a su condición de tercero.

Antes de comenzar la prestación de los Servicios, el Proveedor proporcionará a INOX TORRES GROUP certificados de seguro para las pólizas contratadas.

El Prestador comunicará por escrito a INOX TORRES GROUP cualquier incidencia que afecte a la validez y condiciones de las pólizas de seguro.

INOX TORRES GROUP no será, en ningún caso, responsable de los límites de indemnizaciones, deducibles o exclusiones establecidos en las pólizas de seguro del Proveedor.

El Proveedor, bajo su propia responsabilidad exclusiva, obligará a sus subcontratistas a cumplir con los requisitos de cobertura de responsabilidad civil y seguro del Proveedor.

Dichas medidas no eximirán al Proveedor de su responsabilidad frente a INOX TORRES GROUP.

18. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

El Proveedor no subcontratará, cederá o transferirá la Orden de Compra o el Acuerdo de Servicio, en su totalidad o en parte, ni ninguno de los derechos y obligaciones incidentales a los mismos, sin el consentimiento previo por escrito de INOX TORRES GROUP.

El Proveedor se compromete a realizar todas las entregas por sí mismo, y no subcontratará ninguna entrega a terceros sin el consentimiento expreso por escrito de INOX TORRES GROUP. Cuando INOX TORRES GROUP autorice la subcontratación, el Proveedor presentará una lista de los subcontratistas propuestos para su reconocimiento por parte de INOX TORRES GROUP antes de la formalización del Acuerdo de Servicio. Estos términos y condiciones de subcontratación excluyen expresamente cualquier servicio de soporte técnico especializado acordado caso por caso por INOX TORRES GROUP y el Proveedor, ya sea durante la planificación del trabajo o cuando sea necesario.

El Proveedor sólo subcontratará, en su caso, a empresas que cumplan con los requisitos de la Ley 32/2006 de Subcontratación del Sector de la Construcción (Ley 32/2006) y del Reglamento 1109/2007 relacionado.

El Proveedor se asegurará de que todos los Subcontratistas cumplan con las disposiciones de esta legislación. INOX TORRES GROUP podrá exigir en cualquier momento una certificación de conformidad.

El Prestador será plenamente responsable de todos los trabajos subcontratados a terceros y, en todo caso, responderá frente a INOX TORRES GROUP de cualquier cuestión derivada de la prestación de servicios subcontratados, o de cualquier infracción de la legislación que regule la subcontratación.

19. INDEMNIZACIÓN INDEMNIZACIÓN

Los retrasos en la fecha de inicio y/o finalización del Servicio Indemnización por daños y perjuicios se establecerán en la Solicitud de Cotización (RFQ). A falta de una regulación específica, se aplicarán daños y perjuicios equivalentes al 3% del coste de cualquier Servicio no prestado en el plazo establecido por semana de retraso o fracción del mismo hasta un máximo del 21% del precio total según la Orden de Compra o el Contrato de Servicio.

La indemnización por daños y perjuicios se descontará del pago de las facturas pendientes, o del depósito de garantía establecido, en su caso.

20. TERMINACIÓN DE ACUERDOS DE SERVICIO Y CANCELACIÓN DE ÓRDENES DE COMPRA

INOX TORRES GROUP se reserva el derecho de cancelar o rescindir en cualquier momento una Orden de Compra o un Acuerdo de Servicio sin costo alguno.

La cancelación se notificará al proveedor por carta, fax, télex o telegrama. Las Órdenes de Compra se cancelarán en las siguientes circunstancias:

a) Cuando el Proveedor incumpla cualquiera de sus obligaciones laborales, fiscales, de seguridad social, medioambientales, de prevención de riesgos laborales y de seguridad y salud.

b) Muerte o incapacidad del Proveedor.

c) Cuando transcurra un plazo de cinco (5) semanas tras la finalización del plazo de entrega especificado en la Documentación Contractual sin prestación del Servicio.

d) Cuando el Proveedor incumpla cualquiera de las garantías o indemnizaciones establecidas en estos Términos y Condiciones Generales para los Acuerdos de Servicio o en cualquier otra Documentación Contractual.

e) Cuando el Proveedor incumpla gravemente las condiciones de seguridad establecidas para la prestación del Servicio.

f) Cuando el Proveedor incumpla los requisitos de calidad establecidos para la prestación del Servicio.

En caso de resolución del Contrato de Servicio o de cancelación del Pedido de Compra por cualquiera de los motivos mencionados anteriormente, INOX TORRES GROUP se reserva el derecho de ejecutar las garantías o de retener las entregas parciales realizadas por adelantado, sin perjuicio de las acciones de indemnización que pudiera tener derecho a ejercitar contra el Proveedor.

INOX TORRES GROUP también podrá cancelar la Orden de Compra o el Contrato de Servicio, ya sea total o parcialmente, notificándolo al Proveedor por carta, fax, télex o telegrama. Al recibir dicha notificación, el Proveedor suspenderá todo el trabajo relacionado con la Orden de Compra o el Acuerdo de Suministro.

Tras la emisión y entrega de la notificación de rescisión, el Proveedor y INOX TORRES GROUP negociarán un pago justo por cualquier trabajo realizado y/o bienes almacenados en función de los términos y condiciones del Acuerdo de Suministro correspondiente.

21. FUERZA MAYOR

Ninguna de las partes será responsable del incumplimiento de las obligaciones derivadas de una orden de compra o un acuerdo de servicio cuando el cumplimiento pueda retrasarse o impedirse por razones de fuerza mayor.

En casos de fuerza mayor, las obligaciones contractuales de las partes se suspenderán hasta el momento en que se eliminen las causas. En todos los casos de fuerza mayor, la parte afectada informará por escrito a la otra parte en un plazo máximo de quince (15) días, aportando toda la información y documentación disponible para explicar las causas y tomando todas las medidas posibles para resolver la situación en el plazo más breve posible.

Si las causas de fuerza mayor no se eliminan dentro de un período de tres (3) meses, cualquiera de las partes puede solicitar la rescisión del Acuerdo de servicio.

Se entenderá por fuerza mayor cualquier causa o circunstancia fuera del control razonable del Vendedor, incluyendo, pero sin limitarse a, huelgas de proveedores, transporte y servicios, fallos en las entregas de terceros, fallos en los sistemas de transporte, catástrofes naturales, inundaciones, tormentas, levantamientos, huelgas, conflictos laborales, paros laborales por parte del personal del Vendedor o del personal de sus subcontratistas, sabotajes, actos, omisiones o intervenciones del gobierno o de cualquiera de sus agencias, paradas accidentales en la fábrica del Vendedor por averías, etc. y todas las causas de fuerza mayor contempladas en la legislación vigente que afecten directa o indirectamente a las actividades del Proveedor.

22. CONFIDENCIALIDAD

Toda la información proporcionada por INOX TORRES GROUP al Proveedor en relación con cualquier Orden de Compra o Contrato de Servicio, incluidos los planos, diseños y especificaciones proporcionados por INOX TORRES GROUP al Proveedor, seguirá siendo propiedad exclusiva de INOX TORRES GROUP y será confidencial.

En consecuencia, el Proveedor se compromete a no divulgar dicha información ni a proporcionar copias o reproducciones de la misma a terceros sin el consentimiento previo por escrito de INOX TORRES GROUP en cada caso, excepto cuando la información pueda ser de conocimiento público o el Proveedor pueda estar legalmente obligado a realizar divulgaciones.

El Proveedor será responsable de cualquiera de sus empleados o asesores profesionales que hayan tenido acceso a esta información y asegurará su pleno cumplimiento de esta obligación. INOX TORRES GROUP se reserva el derecho de emprender las acciones legales pertinentes para defender sus intereses en relación con cualquier violación de la confidencialidad.

El Proveedor no se referirá, describirá ni utilizará ningún material o documento relacionado con Órdenes de Compra o Acuerdos de Servicio, incluidos los elementos que puedan afectar la imagen de INOX TORRES GROUP, como marcas, logotipos, etc., sin el consentimiento previo por escrito de INOX TORRES GROUP.

23. PROTECCIÓN DE DATOS

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y el Real Decreto 1999/1720, de 2007, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, el Prestador se compromete a cumplir estrictamente con lo establecido en la legislación vigente en materia de protección de datos.

24. LEGISLACIÓN APLICABLE

La Documentación Contractual se regirá e interpretará de conformidad con la legislación española.

25. JURISDICCIÓN

En caso de cualquier controversia o desacuerdo sobre la interpretación o ejecución de las presentes Condiciones Generales de Contratación de Servicios, INOX TORRES GROUP y el Prestador, con renuncia a cualquier otro fuero, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Barcelona.